Con la nueva subida del IVA, que tuvo lugar el pasado día 1 de Septiembre, el gobierno, además ha decidido ampliar a otros gremios, colectivos u otro tipo de actividades la aplicación de este impuesto.
AFLUENCIA DE PUBLICO + IVA : Se aplicará el 21 % de IVA, en las siguientes concentraciones de público :
- Conciertos musicales de cualquier tipo......(bandas, orquestas, grupos , solistas.....)
- Concentraciones convocadas por los partidos políticos : " Mitines ".
- Convocatorias de manifestaciones llevadas a cabo por los sindicatos, asociaciones, etc...
- Celebraciones multitudinarias de publico de origen deportivo (concentraciones en torno a las fuentes emblemáticas, calles y / o ayuntamientos de nuestras ciudades, por triunfos deportivos).
- Celebraciones multitudinarias con motivo de Fiestas Patronales o de cualquier otro tipo : Sanfermines, Fallas, Feria de Sevilla, El Rocio, Uvas de Nochevieja............

ESCAPADA + IVA :
En los casos en que haya grupos de escapados superiores a 10 corredores, se les aplicará el IVA.
En los casos en que haya grupos de escapados superiores a 10 corredores, se les aplicará el IVA.
CAIDA + IVA :
Al igual que el apartado anterior, en este caso, las caídas con más de 10 corredores, también serán gravadas con el IVA .
Al igual que el apartado anterior, en este caso, las caídas con más de 10 corredores, también serán gravadas con el IVA .
LLEGADA + IVA :
Las llegadas a meta, en pelotón, también sufrirán la aplicación del IVA.
Las llegadas a meta, en pelotón, también sufrirán la aplicación del IVA.
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